Condiciones generales PMed Services GmbH
§ 1 Ámbito de aplicación de las condiciones
- Nuestras entregas, servicios y ofertas se realizarán exclusivamente sobre la base de estas condiciones de venta y entrega; no se reconocerán las condiciones de la parte ordenante que entren en conflicto con nuestras condiciones de venta y entrega o que se desvíen de ellas, a menos que se hayan acordado expresamente por escrito de antemano.
- Todos los acuerdos realizados entre nosotros y el cliente para la ejecución de un contrato se documentan por escrito en este contrato.
- Nuestras condiciones de venta y entrega sólo se aplicarán a los empresarios en el sentido del artículo 310, apartado 1, del Código Civil alemán.
- Nuestras condiciones de venta y entrega se aplicarán también a todas las relaciones comerciales futuras, aunque no se hayan acordado expresamente de nuevo.
§ 2 Ofertas y documentos de oferta
- Las ofertas realizadas por nuestra empresa están sujetas a cambios y no son vinculantes.
- Si un pedido se clasifica como oferta de acuerdo con el artículo 145 del Código Civil, éste puede ser aceptado en un plazo de 2 semanas.
- Los dibujos, ilustraciones, dimensiones, pesos y otros datos de rendimiento utilizados sólo son vinculantes si se acuerdan expresamente por escrito. Nos reservamos los derechos de propiedad y los derechos de autor.
- Los empleados no están autorizados a realizar acuerdos subsidiarios verbales ni a dar garantías verbales, en particular si éstas van más allá del contenido del contrato escrito.
§ 3 Precios y condiciones de pago
- Se aplicarán los precios acordados en el momento de la celebración del respectivo contrato, en particular los indicados en la hoja de pedido o en la confirmación del pedido. Si no se determina expresamente un precio, se aplicarán los precios vigentes en el momento de la celebración del contrato de acuerdo con nuestra lista de precios. Los volúmenes, pesos y cantidades determinados por nosotros serán determinantes para el cálculo del precio, a menos que el cliente se oponga inmediatamente después de la recepción de la mercancía.
A estos precios (valor neto del pedido) se añadirá el impuesto sobre el valor añadido legal aplicable el día de la entrega y, si procede, los costes del seguro de transporte. En el caso de las entregas en el extranjero, pueden añadirse otros impuestos específicos del país. El importe resultante es el importe final de la factura (IVA incluido). - Nos reservamos el derecho de ajustar los precios si, tras la celebración de un contrato, se producen cambios en los costes debido a acuerdos tarifarios, aumentos de precios de los proveedores anteriores o fluctuaciones del tipo de cambio. Si el cliente no se opone a los nuevos precios en el plazo de una semana desde la notificación, se considerarán aceptados. Esto no se aplicará si se ha acordado un precio fijo.
- Nuestras facturas deben ser pagadas inmediatamente acorde a la fecha de la factura sin deducción, a menos que se haya acordado otro plazo de pago. Una vez transcurrido el plazo de vencimiento indicado en la factura, el cliente incurrirá en mora según el artículo 286 II nº 2 del Código Civil alemán. Si concedemos un descuento a nuestros clientes, el importe del descuento se calculará a partir del importe final de la factura (incluido el impuesto sobre el valor añadido), sin incuir los gastos de transporte, los posibles costes del seguro de transporte y, en el caso de envíos al extranjero, otros gastos específicos del país.
- El cliente sólo tendrá derechos de compensación si sus contrademandas han sido legalmente establecidas, son indiscutibles o han sido reconocidas por nosotros. Además, tendrá derecho a ejercer un derecho de retención en la medida en que su reconvención se base en la misma relación contractual.
- Si el cliente no paga las facturas vencidas, sobrepasa un plazo de pago concedido o si la situación financiera del cliente se deteriora después de la celebración del contrato o si recibimos información desfavorable sobre el cliente después de la celebración del contrato que ponga en duda la solvencia o la capacidad crediticia del cliente, tendremos derecho a declarar vencida y exigible la totalidad de la deuda restante del cliente y a exigir el pago anticipado o la constitución de una garantía o, una vez realizada la entrega, el pago inmediato de todos nuestros créditos que se basen en la misma relación jurídica, modificando los acuerdos celebrados. Esto se aplicará, en particular, si el cliente suspende los pagos, si no se paga un cheque del cliente, si se ha solicitado o abierto un procedimiento de insolvencia contra los activos del cliente o si no se ha abierto un procedimiento de insolvencia por falta de activos.
§ 4 Tiempo de entrega y rendimiento
- Las fechas o plazos de entrega, vinculantes o no, deben acordarse por escrito. Se requiere un acuerdo expreso por escrito para que las fechas de entrega o los plazos sean vinculantes.
- El inicio del plazo de entrega indicado está sujeto a la aclaración de todas las cuestiones técnicas.
- El cumplimiento de nuestra obligación de entrega presupone, además, el cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones del cliente. Nos reservamos el derecho a alegar el incumplimiento del contrato.
- No nos responsabilizamos de los retrasos en la entrega y el cumplimiento debidos a causas de fuerza mayor y a acontecimientos que nos dificulten o impidan considerablemente la entrega, no sólo temporalmente -esto incluye en particular las huelgas, los cierres patronales, las órdenes oficiales, etc., aunque se produzcan en nuestros proveedores o en sus subproveedores-, incluso en el caso de plazos y fechas acordados de forma vinculante. Nos dan derecho a aplazar la entrega o la prestación del servicio por la duración del impedimento más un tiempo razonable de puesta en marcha o a rescindir el contrato total o parcialmente por la parte aún no cumplida.
- Si el impedimento dura más de 3 meses, el cliente tiene derecho, tras fijar un periodo de gracia razonable, a rescindir el contrato en lo que respecta a la parte aún no cumplida. Si el plazo de entrega se prolonga o si nos liberamos de nuestra obligación, el cliente no puede derivar de ello ninguna reclamación por daños y perjuicios. Sólo podemos invocar las circunstancias mencionadas si notificamos al comprador inmediatamente.
- Si el cliente se retrasa en la aceptación o incumple culpablemente otros deberes de cooperación, tendremos derecho a exigir una indemnización por los daños y perjuicios sufridos por nosotros a este respecto, incluidos los gastos adicionales. Nos reservamos el derecho de hacer valer otras reclamaciones.
- Si somos responsables del incumplimiento de los plazos y fechas acordados de forma vinculante, o si incurrimos en mora, el cliente tendrá derecho a una indemnización por mora del 0,5% por cada semana completa de mora, pero en ningún caso superior al 5% del valor de la factura de las entregas y servicios afectados por la mora. Quedan excluidas otras reclamaciones, a menos que el retraso se deba, como mínimo, a una negligencia grave por nuestra parte.
- Estamos autorizados a realizar entregas o prestaciones parciales en cualquier momento, a menos que la entrega o prestación parcial no sea de interés para el cliente.
- Si el cliente se retrasa en la aceptación, tendremos derecho a exigir una indemnización por los daños sufridos por nosotros; el riesgo de deterioro accidental y de pérdida accidental pasará al cliente al producirse el incumplimiento de la aceptación.
§ 5 Transferencia del riesgo
- La transferencia del riesgo al cliente se produce en el momento en que el envío ha sido entregado a la persona que realiza el transporte o ha salido de nuestro almacén para su envío. Esto también se aplica si nos hemos hecho cargo de la entrega.
- Las mercancías que se hayan comunicado como listas para su envío deben ser aceptadas por el cliente sin demora. En caso contrario, tendremos derecho a enviarlos a nuestra discreción o a almacenarlos por cuenta y riesgo del ordenante.
- En ausencia de un acuerdo especial, el medio de transporte y la ruta de transporte serán elegidos por nosotros.
- A petición del cliente, se puede contratar un seguro de transporte para la entrega, cuyos costes correrán a cargo del cliente.
§6 Defectos
- En lo que respecta a los defectos, el Comprador estará inicialmente sujeto a la obligación legal de inspeccionar y notificar los defectos según el artículo 377 del Código de Comercio alemán (HGB). Los defectos reconocibles deben comunicarse por escrito en un plazo de 7 días. En caso contrario, se considerará aprobada la totalidad de la entrega. En caso de daños de transporte, la mercancía no podrá ser aceptada por el cliente o sólo después de la documentación escrita y la certificación de los daños de transporte por parte del transportista.
- El cliente no podrá derivar ningún derecho de los defectos materiales que no perjudiquen, o sólo lo hagan de forma significativa, el valor y la idoneidad de la mercancía para el uso que se nos reconoce.
- Tenemos el derecho y la obligación de realizar el cumplimiento posterior si la mercancía tiene un defecto material en el momento de la transferencia del riesgo. El cumplimiento posterior se efectuará, a nuestra discreción, mediante reparación o sustitución, siempre que sea razonable para el cliente. Los costes de la ejecución posterior, en particular los costes de transporte, viaje, mano de obra y material, correrán a nuestro cargo. § Sigue siendo aplicable el artículo 439, apartado 3, del Código Civil.
- Si el cumplimiento posterior falla, no es razonable para el cliente, no tiene lugar dentro de un plazo razonable fijado por el cliente o se rechaza, el cliente tendrá derecho, a su discreción, a rescindir el contrato, a exigir una reducción del precio de compra correspondiente al valor del defecto o a exigir una indemnización por daños y perjuicios en lugar del cumplimiento dentro de los límites de los párrafos siguientes.
- Si un defecto da lugar a un daño, seremos responsables de acuerdo con las disposiciones legales, siempre que el daño sea un perjuicio personal, esté comprendido en la ProdHaftG o se deba a dolo o negligencia grave.
- En la medida en que el daño se base en el incumplimiento culposo de una obligación contractual esencial o de una "obligación cardinal", por lo demás sólo seremos responsables de los daños típicos del contrato.
- Quedan excluidas otras reclamaciones contractuales y extracontractuales del cliente. Por lo tanto, no seremos responsables de los daños que no se hayan producido en el propio objeto de la entrega, ni del lucro cesante u otras pérdidas económicas del cliente.
- Estas disposiciones no se aplican a los bienes usados. En el caso de éstos, sólo seremos responsables de los defectos materiales en caso de aceptación expresa de una garantía, dolo o negligencia grave.
- § El artículo 478 del BGB no se ve afectado por los apartados 2 a 4.
- Las reclamaciones según los párrafos 2 a 8 anteriores prescribirán con arreglo a los artículos 438 nº 2, 634a Párrafo 1 nº 2 y 479 del Código Civil en un año a partir de la entrega de la mercancía. En consecuencia, queda excluido el derecho de desistimiento y de reducción según las disposiciones legales.
- Si no se siguen nuestras instrucciones de uso y mantenimiento, si se sustituyen piezas o se utilizan materiales que no se ajustan a las especificaciones originales, o si las intervenciones son realizadas por personal no cualificado, nuestra responsabilidad por los defectos se extinguirá en la medida en que los defectos se hayan producido como consecuencia de ello. Si existe un defecto y se da uno de los casos anteriores, el cliente debe demostrar que el defecto no fue causado por una de las condiciones anteriores.
§ 7 Conservación de la titularidad y obligaciones del ordenante
- La mercancía entregada seguirá siendo de nuestra propiedad hasta el pago íntegro del precio de compra y de todos los demás créditos presentes o futuros a los que tengamos derecho por la relación comercial con el comprador. La inclusión de la reclamación del precio de compra contra el ordenante en una cuenta corriente y el reconocimiento de un saldo no afectará a la reserva de dominio.
- El comprador está obligado a tratar los bienes adquiridos con cuidado hasta que adquiera la plena propiedad.
- Los bienes que son de nuestra propiedad no pueden ser pignorados ni transferidos en garantía por el cliente. Sin embargo, tendrá derecho a revender los bienes entregados en el curso ordinario de los negocios de acuerdo con las siguientes disposiciones. El mencionado derecho no existe en la medida en que el ordenante haya cedido o pignorado el crédito frente a su socio contractual derivado de la reventa de la mercancía -en cada caso de forma efectiva- a un tercero por adelantado o haya acordado una prohibición de cesión con el tercero.
- Para garantizar el cumplimiento de todas nuestras reclamaciones mencionadas en la cláusula VI. 1, el cliente nos cede todas las reclamaciones -incluidas las futuras y condicionales- derivadas de una reventa de la mercancía entregada por nosotros, incluidos todos los derechos accesorios, por un importe del 110% bruto del valor de la mercancía entregada, con prioridad sobre la parte restante de sus reclamaciones. Por la presente aceptamos esta asignación.
- Mientras y en la medida en que el cliente cumpla con sus obligaciones de pago frente a nosotros, está autorizado a cobrar los créditos cedidos a nosotros frente a sus clientes en el marco de una correcta gestión empresarial. Sin embargo, no tiene derecho a acordar con sus clientes una relación de cuenta corriente o una prohibición de cesión con respecto a estos créditos ni a cederlos o pignorarlos a terceros. Si, contrariamente a la frase 2, existe una relación de cuenta corriente entre el comprador y los compradores de nuestra mercancía reservada, el crédito cedido por adelantado se referirá también al saldo reconocido y, en caso de insolvencia del comprador, también al saldo entonces existente.
- A petición nuestra, el cliente deberá acreditar los créditos cedidos a nosotros individualmente e informar a sus deudores de la cesión con la petición de que nos paguen hasta el importe de nuestros créditos contra el cliente. Tenemos derecho a notificar a los deudores del cliente la cesión y a cobrar nosotros mismos las reclamaciones en cualquier momento. No obstante, no haremos uso de estas facultades mientras el cliente cumpla debidamente y sin demora sus obligaciones de pago, no se haya presentado una solicitud de apertura de un procedimiento de insolvencia contra el cliente y éste no suspenda sus pagos. Si, por el contrario, se da uno de los casos anteriores, podemos exigir que el cliente nos informe de los créditos cedidos y de sus deudores, nos facilite toda la información necesaria para el cobro del crédito y nos entregue los documentos pertinentes.
- En caso de embargos u otras intervenciones de terceros, el cliente deberá informarnos inmediatamente por escrito.
- En caso de que el cliente se comporte de forma contraria al contrato, especialmente en caso de demora en el pago de más del 10% del importe de la factura durante un período de tiempo no despreciable, tendremos derecho -sin perjuicio de otras reclamaciones (por daños y perjuicios) a las que tengamos derecho- a rescindir el contrato y a exigir la devolución de la mercancía entregada por nosotros. Tras la retirada de la mercancía entregada por nosotros, tendremos derecho a realizarla. El producto de la realización se compensará con las deudas existentes del cliente con nosotros, menos los costes razonables de la realización.
§ 8 Responsabilidad
- Siempre que no haya un acto intencionado o gravemente negligente, quedan excluidas las reclamaciones por daños y perjuicios, independientemente de la naturaleza del incumplimiento del deber, incluidos los actos ilícitos.
- En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales materiales, seremos responsables de cualquier negligencia, pero sólo hasta el importe del daño previsible. No se pueden exigir reclamaciones por lucro cesante, gastos ahorrados, reclamaciones por daños y perjuicios por parte de terceros, así como por otros daños indirectos y consecuentes, a menos que la ejecución del procesamiento garantizado por nosotros tenga el propósito específico de proteger al cliente contra tales daños.
- Las limitaciones y exclusiones de responsabilidad de los párrafos 1 y 2 anteriores no se aplican a las reclamaciones que hayan surgido debido a una conducta fraudulenta por nuestra parte, o en el caso de la responsabilidad por las características garantizadas, por las reclamaciones en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos o por los daños derivados de lesiones a la vida, la integridad física o la salud.
- En la medida en que nuestra responsabilidad esté excluida o limitada, esto también se aplicará a nuestros empleados, representantes y auxiliares ejecutivos.
- El plazo de prescripción de las reclamaciones por defectos es de 12 meses, calculados a partir de la transferencia del riesgo.
- El plazo de prescripción en el caso de un recurso de entrega según los §§ 478, 479 BGB no se ve afectado; asciende a 5 años, calculados a partir de la entrega del artículo defectuoso.
- Queda excluida cualquier otra responsabilidad por daños y perjuicios que la prevista en el § 8, independientemente de la naturaleza jurídica de la reclamación presentada. Esto se aplica en particular a las reclamaciones por daños y perjuicios que surjan por negligencia al concluir el contrato, debido a otros incumplimientos del deber o debido a reclamaciones extracontractuales de indemnización por daños a la propiedad según § 823 BGB
- En la medida en que la responsabilidad por daños hacia nosotros esté excluida o limitada, esto también se aplica con respecto a la responsabilidad personal por daños de nuestros empleados, trabajadores, empleados, representantes y agentes indirectos.